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    Operaciones cambiarias · Res. 000165/2023 Art. 13 num. 9

    Documento Equivalente por Operaciones Cambiarias: lo que exigen DIAN, BanRep y UIAF

    Si eres Profesional del Cambio (PC) o Sociedad de Intermediación Cambiaria (SIC) autorizada por la SFC, cada operación dispara tres obligaciones: emitir documento equivalente electrónico a la DIAN, declarar el cambio al Banco de la República (Formulario 5 vía DCIN-83) y vigilar umbrales UIAF.

    Subtipo DEE (sujeto a verificación Anexo Técnico v1.9):DEE · cambiario

    Marco normativo

    Resolución DIAN 000165 de 2023 (Art. 13, numeral 9) + Decreto 358 de 2020. Circular Reglamentaria Externa DCIN-83 del Banco de la República (Formulario 5 — Servicios, Transferencias y Otros Conceptos). Resolución UIAF 285 de 2007 y modificatorias para reporte de operaciones en efectivo y ROS. El subtipo DEE específico y el campo UBL de tipo de documento están sujetos a verificación contra el Anexo Técnico vigente (v1.9) en el momento de la implementación.

    ¿Cuándo se emite?

    Compra o venta de divisas en efectivo o por transferencia.
    Operaciones de remesas familiares (entrada o salida).
    Cambios de cheques de viajero o instrumentos negociables en moneda extranjera.
    Toda operación cambiaria > 200 USD requiere identificación obligatoria del cliente (CC/CE/Pasaporte) por norma LA/FT.

    Puntos clave

    Contenido obligatorio del documento

    Identificación del cliente (CC, CE o Pasaporte — obligatorio si la operación supera 200 USD), moneda de origen y destino, monto en divisa, TRM aplicada en el momento de la operación, monto equivalente en COP, comisión cobrada, fecha y hora exactas, número consecutivo del documento equivalente, identificación del PC o SIC emisor.

    Triple reporte — DIAN, Banco de la República, UIAF

    1) DIAN: emisión electrónica del documento equivalente vía proveedor tecnológico (en SistecPOS, mediante el flujo Innapsis — próximamente). 2) Banco de la República: Declaración de Cambio en Formulario 5 (Servicios, Transferencias y Otros Conceptos) transmitida por archivo plano o WebService al sistema DCIN-83. 3) UIAF: reporte de operaciones individuales en efectivo ≥10M COP o múltiples acumuladas ≥50M COP/mes por cliente, más reporte de operaciones sospechosas (ROS) cuando aplique.

    Diferencia entre PC y SIC

    El Profesional del Cambio (PC) está inscrito en el RUT con actividad económica 6612 y opera bajo régimen simplificado de control cambiario. La Sociedad de Intermediación Cambiaria (SIC) requiere autorización previa de la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) y está sujeta a vigilancia plena. Ambas emiten el documento equivalente electrónico, pero los formatos de reporte a BanRep y UIAF varían en periodicidad y umbral.

    TRM aplicada — fuente y trazabilidad

    La TRM utilizada debe corresponder al día de la operación, publicada oficialmente por la Superintendencia Financiera o tomada de la API oficial datos.gov.co. SistecPOS sincroniza la TRM cada mañana y la fija como inmutable para todas las operaciones del día, garantizando trazabilidad fiscal en caso de auditoría.

    Cómo lo automatiza SistecPOS

    • Captura forzada de identificación cuando la operación > 200 USD (CC/CE/Pasaporte).
    • TRM diaria sincronizada con datos.gov.co e inmutable por operación.
    • Generación del documento equivalente electrónico con consecutivo único.
    • Exportación de la Declaración de Cambio Formulario 5 en formato DCIN-83 (archivo plano).
    • Alerta automática UIAF cuando se supera el umbral de 10M COP individual o 50M COP/mes acumulado.
    • Trazabilidad completa: TRM, comisión, divisa origen/destino, agente cajero, sede y bóveda.
    • Cuadre de caja multidivisa al cierre de turno.

    Preguntas frecuentes

    ¿Necesitas emitir Documento Equivalente Electrónico por Operaciones Cambiarias hoy?

    Implementación incluida. Cumplimiento DIAN garantizado.

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